En esta sección veremos unos casos prácticos que nos orientarán mejor sobre el concepto de las horas extraordinarias, cuándo son obligatorias, cómo se pagan, ... un tema bastante interesante y curioso.
Actividad 1. Horas extra obligatorias
Señala en cuáles de las siguientes situaciones los trabajadores
estarían obligados a realizar las horas extraordinarias:
a) Gabriel trabaja en un taller de automoción, su horario de trabajo
finaliza a las 20:00 horas, pero su jefe le dice que hoy debe quedarse 2 horas
más para terminar uno de los vehículos, pues el cliente lo necesita con
urgencia a primera hora de la mañana.
No, porque las horas extras son voluntarias, salvo que estén pactadas o sean por una causa mayor, como sería un siniestro o una contingencia en el área de trabajo.
b) Ana trabaja en una fábrica de muebles, al ir a cerrar han
descubierto que hay una tubería rota en el almacén que lo está inundando, se ha
avisado al fontanero que vendrá en breve, pero si no se ubican algunos muebles
en otro lugar se pueden estropear con el agua, por lo que su jefe le pide que
se quede junto a sus compañeros para trasladar esos muebles a un lugar seguro y
que después se pueden ir (tarea que les llevará un par de horas).
Si, por previsión/reparación de un siniestro en la zona de trabajo.
c) El jefe pide a los trabajadores de una empresa de conservas que
deben realizar 3 horas extra todos los días porque han recibido un pedido
importante que hay que completar esa semana.
No, porque es un incremento en la producción, por lo que serían voluntarias.
Actividad 2. Reducción de jornada
Debido a la crisis económica una cooperativa ha visto reducida su
actividad en un 30%. Los socios-trabajadores de la cooperativa han decidido
reducir sus jornadas en un 30% en lugar de reducir la plantilla.
a) ¿Es legal la decisión que han tomado? ¿Por qué?
Sí, porque se permite desde un 10% a un 70% por causas económicas, organizativas o de producción.
b) ¿Cuánto cobrarán y quién pagará a los trabajadores afectados por la
reducción de jornada?
Cobrarán el porcentaje menos correspondiente, pero a su vez, cobraran el desempleo en el porcentaje indicado, por lo que pasarían a cobrar un 70% del salario, más el 30% de desempleo.
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